Expediente No. 1780-2016

Sentencia de Casación del 10/07/2017

“…Cámara Penal considera (…) que (…), es desacertada la actuación del procesado al promover recurso de casación por motivo de fondo, al denunciar que se le está penando dos veces por los mismos hechos, en dos delitos de violación con agravación de la pena y siete delitos de distribución de material pornográfico a personas menores de edad que le fueron atribuidos penalmente, en relación al artículo 195 quinquies del Código Penal, cuando en la motivación del recurso de apelación especial se plantearon alegatos distintos. En conclusión, la Sala resolvió conforme a lo solicitado, y de ahí que lo resuelto por el tribunal de alzada no habilita la denuncia instada por el ahora casacionista, porque sobre ello no se le cuestionó previamente. El procesado soslayó observar que la labor del Tribunal de Casación, de conformidad con el artículo 442 del Código Procesal Penal, es conocer los errores de la resolución recurrida, y en este caso, por lo ya explicado, el fallo en cuestión no puede contener el supuesto error imputado…”